Condenan a una empresa de traslados a indemnizar a un pasajero
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario confirmó la condena a la empresa de traslados “Manuel Tienda León”, que deberá indemnizar con 120 mil pesos a un pasajero por el robo de pertenencias durante un asalto perpetrado en 2012 en la zona sudoeste de la ciudad
El 10 de setiembre del 2012 el chófer de un minibús que tenía como destino al aeropuerto de Ezeiza se detuvo en Crespo al 5600 para levantar a un pasajero que estaba acompañado por otras 3 personas.
Cuando el conductor abrió la bodega del vehículo el supuesto pasajero y los acompañantes lo redujeron y portando armas subieron y tomaron el dominio del vehículo. A una cuadra sustrajeron el equipaje de los pasajeros y huyeron en una camioneta.
Los integrantes de la Sala Segunda del tribunal de alzada, los doctores Gerardo Muñoz, Oscar Puccinelli y María de los Milagros Lotti, señalan que “el transportador tiene el deber de trasladar a la persona sana y salva al lugar convenido”. Agregan que “esa responsabilidad es objetiva y existe independientemente de la culpa del empresario transportador”.
En primera instancia el juez Carlos Cadierno sostuvo que “el transportistas no adoptó las medidas de seguridad a su alcance”.
El pasajero que planteó la demanda por daños y perjuicios se dirigía al aeropuerto internacional de Ezeiza para un viaje a Australia. Por los daños patrimonial y moral la empresa “Manuel Tienda León” deberá pagarle entre capital e intereses cerca de 120.000 pesos.