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Contratación en dólares. Análisis del fallo «Ríos Ordoñez c/ IRSA-Galerías Pacífico». Por Gustavo N. Fernández

SUMARIOS

  • Corresponde rechazar la demanda de daños y perjuicios promovida por un consumidor contra la sociedad explotadora de un hotel, con motivo de la supuesta falta de información acerca de los alcances y modalidades de la contratación, habida cuenta la diferencia de cotización del dólar estadounidense entre lo contratado y lo cobrado por la demandada.
  • Ello así, toda vez que surge del instrumento de reserva de estadía, que los precios que fueron informados al actor se fijaron en la mencionada divisa foránea, lo cual evidencia que la contratación así realizada sólo pudo tener por finalidad la protección de la base económica del vínculo contra toda variación monetaria que, entonces, fue prevista -y no sólo pudo o debió serlo-; y no es razonable ni justo que esa protección acordada por ambas partes sea abandonada cuando, precisamente, es más necesaria, esto es: frente a una devaluación del peso (CNCom, Sala D in re «Buen Día Discount SRL c/ Bangliang Mao», del 03/11/16; ídem «LRPG Mandataria y Fiduciaria SA c/ T4F Inversiones SA», del 16/04/19); devaluación que no pudo razonablemente ser ignorada obrando con cuidado y previsión (la historia económica de los últimos años sustentan tal conclusión: en referencia al tristemente célebre «Rodrigazo» acaecido el año 1975, seguido por los estrepitosos fracasos de los llamados Plan Austral y Plan Primavera que desembocaron en hiperinflación, también de la Convertibilidad que culminó con la debacle de fines del año 2001, y de la constante depreciación de nuestro signo monetario sucedida desde esa época hasta la actualidad).
  • .Dicho de otro modo, no fue rebatido que, más allá de la condición de consumidor que ostenta el actor, ninguna norma contenida en la ley  24240 fue violentada por la sociedad explotadora del mencionado establecimiento hotelero.

 

SENTENCIA
2 de Septiembre de 2021
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL. CAPITAL FEDERAL, Sala D,
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Sala D
Magistrados: Garibotto-Heredia-Vassallo
Id SAIJ: FA21131707




La contratación en dólares y la protección de la base económica: análisis del fallo «Ríos Ordoñez c/ IRSA-Galerías Pacífico». Por Gustavo N. Fernández

 

1.- Introducción

El fallo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala D el 2 de septiembre de 2021, en la causa «RÍOS ORDÓÑEZ, IGNACIO MARÍA c/ IRSA-GALERÍAS PACÍFICO S.A. U.T. s/ ORDINARIO», ofrece un interesante análisis sobre la validez de la contratación en dólares estadounidenses en el contexto de la prestación de servicios hoteleros en Argentina.

2.- Argumentos del fallo:

El caso se centra en la demanda iniciada por el Sr. Ríos Ordoñez, quien alegaba falta de información en la contratación de una estadía en el Hotel Llao Llao, gestionado por IRSA-Galerías Pacífico S.A. U.T. La sentencia de primera instancia desestimó el reclamo de daños y perjuicios, decisión que fue confirmada por la Cámara de Apelaciones.

La Cámara basó su decisión en los siguientes argumentos principales:

  • Información previa a la contratación: Se comprobó, a través de correos electrónicos, que el Sr. Ríos Ordoñez había sido informado previamente sobre los costos de alojamiento, expresados en dólares estadounidenses, y la forma de facturación.
  • Finalidad de la contratación en dólares: La contratación en dólares estadounidenses tenía como objetivo principal proteger la base económica del acuerdo frente a las fluctuaciones monetarias propias de la economía argentina.
  • Contexto económico argentino: La Cámara destaca la importancia de considerar la historia económica del país, marcada por devaluaciones e inestabilidad monetaria, para contextualizar la necesidad de establecer mecanismos de protección contractual. Se mencionan eventos como el «Rodrigazo», el Plan Austral, el Plan Primavera y la crisis del 2001 como ejemplos de esta inestabilidad.
  • Ausencia de violación a la Ley de Defensa del Consumidor: El fallo determina que no se violó ninguna norma de la Ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor), ya que el Sr. Ríos Ordoñez, a pesar de su condición de consumidor, fue informado debidamente sobre los términos de la contratación.

3.- Conclusiones:

El fallo «Ríos Ordoñez c/ IRSA-Galerías Pacífico» resulta relevante al confirmar la validez de la contratación en dólares estadounidenses en el ámbito de la prestación de servicios hoteleros, siempre que se garantice la información clara y precisa al consumidor con anterioridad a la celebración del contrato.

Asimismo, la sentencia subraya la importancia de considerar el contexto económico argentino, caracterizado por la inestabilidad monetaria, al momento de analizar la validez de este tipo de cláusulas contractuales.

Se trata de un precedente importante para la interpretación de la normativa de defensa del consumidor en relación a la contratación en moneda extranjera, en particular en un sector como el turístico, especialmente sensible a las fluctuaciones cambiarias.

Gustavo N. Fernández

Ver fallo completo: Ríos Ordoñez c/ IRSA-Galerías Pacífico (Llao Llao)

 

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