Resolución 218/2018 – Derogación expresa de normas anteriores
MINISTERIO DE TURISMO
Resolución 218/2018
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2018
VISTO el expediente EX-2018-08274585- -APN-DDYME#MTU, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Turismo de la Nación es la autoridad de aplicación de las Leyes N° 18.829 de Agentes de Viajes, N° 25.599 de Turismo Estudiantil y su modificatoria N° 26.208, N° 25.997 Nacional de Turismo, N° 26.356 de Sistemas Turísticos de Tiempos Compartidos y sus decretos reglamentarios.
Que la Dirección de Registro de Agencias de Viajes de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes dependiente de la Subsecretaría de Calidad Turística posee a su cargo los Registros de Agencias Viajes, Turismo Receptivo, Turismo Chino, Turismo Estudiantil y Tiempo Compartido.
Que mediante el Decreto 434 de fecha 1° de marzo de 2016 el Poder Ejecutivo Nacional aprobó el Plan de Modernización del Estado con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que uno de los principales objetivos del mencionado Decreto es el de construir una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, incorporando a tal fin las tecnologías de la información y de las comunicaciones, simplificando procedimientos, propiciando reingenierías de procesos y ofreciendo al ciudadano la posibilidad de mejorar el acceso por medios electrónicos a información personalizada, coherente e integral.
Que a su vez el Decreto 891 de fecha 1º de noviembre del 2017 propicia en su artículo 3º la “simplificación normativa”, estableciendo que el Sector Público Nacional, deberá evaluar su inventario normativo eliminando las normas que resulten una carga innecesaria, y dictar nuevas regulaciones que reduzcan el inventario existente.
Que habiendo realizado un exhaustivo análisis de la normativa vigente se han detectado numerosas Resoluciones que han caído en desuetudo o bien resultan inaplicables en la actualidad, correspondiendo su abrogación.
Que la Dirección Nacional de Agencias de Viajes, dependiente de la Subsecretaría de Calidad, Formación y Fiscalización de prestadores ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas la Ley Nº 25.599; como así también por el artículo 20 quater de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificaciones, y el Decreto 4 del 10 de diciembre del 2015.
Por ello,
EL MINISTRO DE TURISMO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° – Deróguense las resoluciones establecidas en el Anexo I (IF-2018-21742868-APN-SSCYFTYFP#MTU) , que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2° – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. José Gustavo Santos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 12/06/2018 N° 41495/18 v. 12/06/2018
Fecha de publicación 12/06/2018