Resolución General 4315/2018 de AFIP. Modifica régimen de equipaje de viaje
Ahora tu computadora y celular son parte de tu equipaje.
A partir de hoy 28 de septiembre de 2018, se considera como objetos de uso personal o consumo a las computadoras portátiles (tipo notebook o tablet) y el teléfono celular. Estos objetos se suman a los artículos de vestir y aseo, así como periódicos y libros, entre otros.
Ahora puedes viajar con ellos, sin pagar los tributos aduaneros y no serán tenidos en cuenta en las franquicias establecidas:
Adultos
- Vía terrestre o fluvial, tienen una franquicia por equipaje de USD 150
- Vía marítima o aérea, tienen una franquicia por equipaje de USD 300
Menores y grupos familiares
- Padres e hijos pueden usar la franquicia en forma conjunta
- Los menores de 16 años tienen la franquicia al 50%
Ver RESOLUCIÓN 4315/18
Fecha de publicación: 28.09.18